SACRAMENTOS DE INICIACIÓN CRISTIANA: BAUTISMO Y CONFIRMACIÓN
DESARROLLO
Naturaleza, Efectos, necesidad, Sujeto y Ministro del Bautismo.
A. Naturaleza
El santo Bautismo es el fundamento de toda la vida cristiana, el pórtico de la vida espiritual y la puerta que abre el acceso a los otros sacramentos. Por el Bautismo somos liberados del pecado y regenerados como hijos de Dios, llegamos a ser miembros de Cristo y somos incorporados a la Iglesia y hechos partícipes de su misión.
El Bautismo es un sacramento de la Nueva Ley instituido por Cristo para la regeneración mediante el lavado por el agua y la palabra.
El término latino "baptismus", que viene del griego “baptizein”, significa: sumergir, lavar, limpiar.
Este sacramento ya estaba prefigurado en el AT: circuncisión, paso del Mar Rojo, diluvio, etc. El Catecismo dice que desde el origen del mundo, el agua, es la fuente de la vida y la fecundidad; la Sagrada Escritura dice que el Espíritu de Dios se cernía sobre las aguas[362]; en su Pascua Cristo abrió a todos los hombres las puertas de su Bautismo. Fue anunciado por San Juan Bautista, cuyo bautismo era una preparación para el Bautismo de Cristo señalando las disposiciones necesarias para recibirlo. También fue anunciado por el Señor mismo en su conversación con Nicodemo[363]. De modo que todas las prefiguraciones de la Antigua Alianza culminan en Cristo, que se sometió al bautismo de Juan y, sobre todo, habló de la pasión que iba a sufrir en Jerusalén como el bautismo con que debía ser bautizado, de forma que la sangre y el agua que brotaron del costado traspasado de Jesús crucificado son figuras del bautismo y de la eucaristía, como sacramentos de la vida nueva que hacen posible el nacer del agua y del Espíritu Santo para entrar en el Reino de los Cielos.
En cuanto a la institución hay un acuerdo generalizado en que Cristo es su autor, aunque hay diferencias sobre en qué momento y de qué manera.
La teología piensa que el momento de la institución es el acontecimento Pascual de Cristo, ya que el bautismo es morir con Cristo y resucitar con El. Pero la mayoría de autores afirman que la institución se funda en diversos momentos de la vida de Cristo:
- Iniciada con el Bautismo en el Jordán, porque el Señor al querer ser bautizado por Juan da al agua la virtud de santificar y se hace patente que la fuente de la regeneración bautismal es la Santísima Trinidad. Aquí se puede citar el diálogo del Señor con Nicodemo[364] y el diálogo con la Samaritana[365].
- Pero la eficacia se realiza en la Cruz y Resurrección de Cristo. Su promulgación como sacramento de la fe nace del mandato misional de Cristo “...y haced discípulos a todas las gentes bautizándolas en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo”[366].
Sobre la materia del Bautismo Trento afirma que el agua verdadera y natural es condición necesaria para el bautismo. El signo sacramental es la aplicación del agua sobre el candidato. De ahí que los teólogos suelen distinguir entre:
Materia remota, el agua; y materia próxima, el gesto de derramar el agua sobre el candidato; la forma del sacramento es la invocación trinitaria que acompaña al gesto de la ablución. El gesto sacramental del bautismo es el lavacro trinitario. El lavacro -que debe ser triple- se puede realizar de tres modos: inmersión, infusión del agua sobre la cabeza o la aspersión con el agua.
B. Efectos
Primero conviene decir que este sacramento es eficaz “ex opere operato”, su eficacia no depende de la virtud del ministro.
-La infusión de la gracia santificante, a la que acompañan las virtudes infusas y los dones del Espíritu Santo;
-la gracia sacramental, que en el caso del bautismo viene a ser la misma gracia santificante con un derecho a especiales ayudas para ejercitar la fe, llevar una vida verdaderamente cristiana y da la capacidad de recibir los otros sacramentos;
-el perdón de todos los pecados, tanto el original como los actuales, los mortales y los veniales. Para el perdón de los pecados actuales se requiere que el que lo recibe esté arrepentido de todos ellos;
-el perdón de toda pena debida por los pecados, es decir, no solo la pena eterna sino también la temporal;
-el carácter bautismal, que es un signo imborrable que nos asemeja a Cristo y que da la capacidad de recibir los otros sacramentos;
-la incorporación del bautizado al cuerpo de Cristo que es la Iglesia.
C. Necesidad
El Bautismo es necesario, con necesidad de medio, para la salvación eterna[367]. También hay una necesidad de precepto, cuando Jesús dice: "Id y enseñad a todas las gentes y el que crea y se bautice se salvará"[368]. El Señor mismo afirma que el Bautismo es necesario para la salvación, y es necesario en aquellos a los que el Evangelio ha sido anunciado y han tenido la posibilidad de pedir ese sacramento La Iglesia no conoce otro medio que el Bautismo para asegurar la entrada en la bienaventuranza eterna; por eso está obligada a no descuidar la misión que ha recibido del Señor.
A su vez, Dios ha vinculado la salvación al sacramento del Bautismo, pero su intervención salvífica no queda reducida a los sacramentos. Por eso, el Bautismo de agua puede suplirse en cuanto a su principal efecto, es decir, en cuanto a la gracia santificante: a) por el bautismo de sangre en los adultos o niños; b) por el bautismo de deseo, en los adultos. Éste solo puede darse en los adultos con uso de razón, no en los niños o en los dementes (el Espíritu Santo ofrece a todos la posibilidad de que, de un modo conocido sólo por Dios, se asocien a su misterio pascual). Respecto a los niños que mueren sin bautismo, la Iglesia sólo puede confiarlos a la misericordia divina. La ternura de Jesús con los niños le hizo decir: “Dejad que los niños se acerquen a mí, no se lo impidáis”[369].
D. Ministro
El ministro del Bautismo es el sacerdote, a quien por oficio le compete bautizar; también el diácono puede administrar el Bautismo solemne (como ministro ordinario). Pero en caso de peligro de muerte, cualquier persona puede bautizar, con tal que guarde la forma establecida por la Iglesia y tenga intención de hacer lo que hace la Iglesia (actuaría como ministro extraordinario).
E. Sujeto
Toda persona viva, adulto o niño, que no haya sido bautizado antes válidamente, es sujeto capaz de recibir el Bautismo.
En el caso de los niños, la fe necesaria para la licitud del Bautismo es prestada por la Iglesia a través de los padres y padrinos.
En el caso de los adultos, se requiere la intención - al menos habitual- para recibirlo válidamente, la fe y el rechazo expreso de todo afecto al pecado con propósito de no volver a cometerlo, para su licitud.
El Carácter cristiano como Participación en el Sacerdocio de Cristo.
Es dogma de fe que los sacramentos del Bautismo, Confirmación y Orden Sacerdotal no solo confieren la gracia, sino también imprimen carácter, es decir, una marca indeleble en virtud del cual el cristiano se distingue del que no lo es, queda habilitado para el culto e incorporado a Cristo y a la Iglesia. Por razón del carácter estos sacramentos no se pueden repetir[370].
El carácter es distinto de la gracia, pero dispone a recibirla. A diferencia de la gracia, el carácter nunca se pierde por el pecado. Son separables, pero no independientes, pues para realizar dignamente las acciones para las que habilita el carácter, se requiere la gracia. Por eso, el carácter es una disposición para la gracia. Cuando se pierde la gracia, el carácter permite recuperarla y urge esa recuperación.
El bautismo hace de nosotros miembros del Cuerpo de Cristo, incorpora a la Iglesia; y de las fuentes bautismales nace el único pueblo de la Nueva Alianza. Por el bautismo participamos del sacerdocio de Cristo de su misión profética y real.
Por el Bautismo participamos del sacerdocio común de los fieles, de modo que los bautizados por el nuevo nacimiento están obligados a confesar delante de los hombres la fe que recibieron de Dios por medio de la Iglesia y de participar en la actividad apostólica y misionera del Pueblo de Dios.
Sacerdocio común de los fieles (agregar)
El sacerdocio común de los fieles y el sacerdocio ministerial o jerárquico, aunque diferentes esencialmente y no sólo en grado, se ordenan, sin embargo, el uno al otro, pues ambos participan a su manera del único sacerdocio de Cristo.(Lumen gentium,10).
El sacerdocio ministerial, por la potestad sagrada de que goza, forma y dirige al pueblo sacerdotal, confecciona el sacrificio eucarístico en la persona de Cristo y lo ofrece en nombre de todo el pueblo a Dios. Los fieles, en cambio, en virtud de su sacerdocio regio, concurren a la ofrenda de la Eucaristía y lo ejercen en la recepción de los sacramentos, en la oración y acción de gracias, mediante el testimonio de una vida santa, en la abnegación y caridad operante.(Lumen gentium,10).
"Nuestro sacerdocio "ministerial", radicado en el sacramento del orden, se diferencia esencialmente del sacerdocio universal de los fieles. Ha sido instituido a fin de iluminar más éticamente a nuestros hermanos y hermanas que viven en el mundo […] acerca del hecho de que todos somos en Jesucristo "reino de sacerdotes" para el Padre.(Juan Pablo II, Aloc. 9-XI-1978).
Los bautizados vienen a ser "piedras vivas" para "edificación de un edificio espiritual, para un sacerdocio santo" (1 P 2,5). Por el Bautismo participan del sacerdocio de Cristo, de su misión prófetica y real, son "linaje elegido, sacerdocio real, nación santa, pueblo adquirido, para anunciar las alabanzas de aquel que os ha llamado de las tinieblas a su admirable luz" (1 P 2,9). Para ofrecer hostias espirituales por medio de todas sus obras y para dar testimonio de Cristo en todo el mundo. El Bautismo hace participar en el sacerdocio común de los fieles.(CEC. 1268).
"[…] El apostolado se ejerce en la fe, la esperanza y la caridad que el Espíritu Santo infunde en los corazones de todos los miembros de la Iglesia. Más aún, el precepto de la caridad, que es el mandamiento máximo del Señor, urge a todos los cristianos a procurar la gloria de Dios por el advenimiento de su reino y la vida eterna para todos los hombres, de modo que conozcan al único Dios verdadero y a su enviado Jesucristo (cf. Jn 17,3)
Por consiguiente, se impone a todos los cristianos la obligación gloriosa de colaborar para que todos los hombres, en todo el mundo, conozcan y acepten el mensaje divino de salvación.
Para ejercer este apostolado, el Espíritu Santo opera la santificación del Pueblo de Dios por el ministerio y los sacramentos, concede también dones peculiares a los fieles (cf. 1 Cor 12,7), distribuyéndolos a cada uno según quiere (cf 1 Cor 12, 11), para que todos, poniendo cada uno la gracia recibida al servicio de los demás, sean buenos administradores de la multiforme gracia de Dios (1 P 4,10), en orden a la edificación de todo el cuerpo en el amor (cf. Ef 4,16). […]"(Apostolicam actuositatem,3).
El bautizado ya no se pertenece a sí mismo, sino al que murió y resucitó por nosotros. Por tanto, está llamado a someterse a los demás, a servirles en la comunión de la Iglesia, y a ser "obediente y dócil" a los pastores de la Iglesia y a considerarlos con respeto y afecto. Del mismo modo que el Bautismo es la fuente de responsabilidades y deberes, el bautizado goza también de derechos en el seno de la Iglesia: recibir los sacramentos, ser alimentado con la palabra de Dios y ser sostenido por los otros auxilios espirituales de la Iglesia. (CEC.1269)
Los bautizados "por su nuevo nacimiento como hijos de Dios están obligados a confesar delante de los hombres la fe que recibieron de Dios por medio de la Iglesia" y de participar en la actividad apostólica y misionera del Pueblo de Dios. (CEC.1270)
Incorporados a la Iglesia por el Bautismo, los fieles han recibido el carácter sacramental que los consagra para el culto religioso cristiano. El sello bautismal capacita y compromete a los cristianos a servir a Dios mediante una participación viva en la santa Liturgia de la Iglesia y a ejercer su sacerdocio bautismal por el testimonio de una vida santa y de una caridad eficaz. (CEC.1273).
La unción antes del Bautismo con el óleo de los catecúmenos significa purificación y fortaleza; la unción de los enfermos expresa curación y consuelo. La unción del santo crisma después del Bautismo, en la Confirmación y en la Ordenación, es el signo de una consagración. Por la Confirmación los cristianos, es decir, los que son ungidos, participan más plenamente en la misión de Jesucristo y en el don del Espíritu Santo , a fin de que toda su vida desprenda "el buen olor de Cristo".
Todos somos ungidos por la gracia del Espíritu para ser miembros del reino de Dios y formar parte de su sacerdocio (San Ambrosio, Trat. Sobre los misterios, 29-30)
Son llamados sacerdocio regio para que se acuerden de esperar el reino eterno y de ofrecer sin cesar a Dios el sacrificio de una vida sin tacha. (S.Beda, Sobre la I Epístola de S. Pedro,2)
Naturaleza, ministro, Sujeto y Efectos de la Confirmación.
A. Naturaleza
Es el sacramento por el cual se confiere el Espíritu Santo a los bautizados. La recepción de este sacramento es necesaria para la plenitud de la gracia bautismal; ya que une de modo más íntimo al misterio de la Iglesia y los fortalece con la fuerza especial del Espíritu Santo.
Los libros proféticos manifiestan la unción del Espíritu sobre el Mesías y es en Jesús en quien se cumplen las profecías: en la sinagoga de Nazaret, el Señor dirá “el Espíritu del Señor está sobre mí”. La unción de Jesús queda manifestada con el descenso del Espíritu Santo en el Jordán.
B. Institución
Prefigurado en el AT[371], en el NT fue prometido por Jesucristo en varias ocasiones: Ultima Cena; Jn 7, 38-39; Act 1, 8. Esa promesa fue realizada en el misterio de la Cruz: Cristo entregó su Espíritu al Padre; donación manifestada y visibilizada de manera plena en la pentecostés. El día de pentecostés está a la cruz como el acontecimiento del Jordán está al misterio de la encarnación. En estos acontecimientos vemos la institución del sacramento. Y desde aquel tiempo los apóstoles les comunicaban el Espíritu Santo mediante la imposición de las manos[372]
En cuanto a la materia remota de la Confirmación: es el crisma consagrado por el Obispo en la Misa del Jueves Santo. El crisma es una mezcla de aceite y bálsamo. El aceite debe ser de oliva o, "pro opportunitate", otro aceite vegetal.
La materia próxima es: la unción del crisma en la frente.
La forma la constituyen las palabras: "Recibe por esta señal el don del Espíritu Santo."
C. Efectos
- La Confirmación confiere la plenitud del Espíritu Santo, como fue concedida en otro tiempo a los apóstoles en Pentecostés. Por este hecho, confiere crecimiento y profundidad a la gracia bautismal.
- Nos introduce más profundamente en la filiación divina y nos une más firmemente a Cristo.
- Aumente en nosotros los dones del Espíritu Santo.
- Hace más perfecto nuestro vínculo con la Iglesia.
- Nos concede una fuerza especial del Espíritu Santo para difundir y defender la fe mediante la palabra y las obras como verdaderos testigos de Cristo, para confesar valientemente el nombre de Cristo y para no sentir jamás vergüenza de la Cruz.
- Imprime en el alma un carácter espiritual indeleble, signo de que Jesucristo ha marcado al cristiano con el sello del Espíritu revistiéndolo de la fuerza de lo alto para que sea su testigo.
- El carácter perfecciona el sacerdocio común de los fieles, y el confirmado recibe el poder de confesar la fe en Cristo públicamente, y como en virtud de un cargo.
D. Ministro
El ministro ordinario de la confirmación es el Obispo.
Extraordinario: el presbítero dotado de facultad, bien por derecho común o por concesión peculiar de la autoridad competente. Y si un cristiano está en peligro de muerte, cualquier presbítero debe administrarle el sacramento.
E. Sujeto
Sólo es sujeto capaz de recibir al confirmación todo bautizado aún no confirmado.
Fuera de peligro de muerte, para que alguien reciba lícitamente la confirmación se requiere que, si goza de uso de razón, esté bien instruido, bien dispuesto y pueda renovar las promesas bautismales. Ha de administrarse en torno a la edad de la discreción, salvo en peligro de muerte o que la Conferencia Episcopal determine otra edad.
RESUMEN
El Bautismo: Naturaleza: por el Bautismo somos liberados del pecado y regenerados como hijos de Dios, llegamos a ser miembros de Cristo y somos incorporados a la Iglesia y hechos partícipes de su misión. Efectos: la infusión de la gracia santificante;la gracia sacramental; el perdón de todos los pecados; el perdón de toda pena; el carácter bautismal; la incorporación al cuerpo de Cristo. Necesidad: de medio para la salvación, también de precepto. Ministro: es el sacerdote (ordinario), también puede haber extraordinario. Sujeto: toda persona viva, adulto o niño, que no haya sido bautizado antes válidamente.
El carácter cristiano como participación en el sacerdocio de Cristo: es dogma de fe que los sacramentos del Bautismo, Confirmación y Orden Sacerdotal no sólo confieren la gracia, sino también imprimen carácter, es decir, es una marca indeleble.
La Confirmación: Naturaleza: confiere el Espíritu Santo a los bautizados, este sacramento es necesario para la plenitud de la gracia bautismal. Ministro: Ordinario el Obispo, extraordinario; el presbítero dotado de facultad. Sujeto: todo bautizado aún no confirmado. Efectos confiere la plenitud del Espíritu Santo; nos introduce más profundamente en la filiación divina; aumente en nosotros los dones del Espíritu Santo; hace más perfecto nuestro vínculo con la Iglesia; concede una fuerza especial del Espíritu Santo para difundir y defender la fe mediante la palabra y las obras como verdaderos testigos de Cristo; imprime en el alma un carácter espiritual indeleble; el carácter perfecciona el sacerdocio común.
BIBLIOGRAFÍA
Apuntes de clase de la asignatura, 98-99 .
Catecismo de la Iglesia Católica.